Un sorteo electrónico decide qué personas conformarán las Mesas electorales del 28 de mayo

02.05.23
Institución
Elecciones
En el Pleno de la Corporación se ha sorteado hoy la designación de las 198 personas y varios/as sustitutos/as de cada puesto que deben formar parte de las veintidós mesas electorales que se constituirán en nuestro municipio el domingo 28 de mayo, jornada en que se celebrarán las Elecciones Locales y a Juntas Generales de 2023

La designación se ha llevado a cabo mediante una aplicación informática, que realiza un sorteo aleatorio y anónimo entre todas las personas inscritas en el Padrón de Habitantes de Ermua. El proceso se ha realizado en la sesión de Pleno ordinario de este 2 de mayo, y lo hemos retransmitido en directo, sin mostrar datos personales de las personas que han salido en el sorteo.

Los nombramientos ya se están preparando y seguidamente comenzará el proceso de notificación a las personas interesadas.

¿Puedo alegar ante mi nombramiento como miembro de una Mesa electoral?

A partir de ahora, las personas designadas tienen siete días naturales, a contar desde el siguiente al que reciban la notificación, para alegar ante la Junta Electoral de Zona de Durango causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta Electoral de Zona de Durango resuelve sin posterior recurso en el plazo de cinco días.

Las alegaciones pueden presentarse de dos formas. acudiendo personalmente a la oficina de la Junta Electoral de Zona de Durango, o presentando la alegación de forma telemática.

Para hacerlo presencialmente la dirección y horario de atención al público son los que continuación se indican.

Junta Electoral de Zona de Durango

  • Dirección: Plaza Ezkurdi s/n (Juzgado de Guardia)
  • Teléfono: 946030060
  • Horario de atención de alegaciones o excusas:
    • De lunes a viernes: de 15:30 a 19:00 horas
    • Sábados: de 10:00 a 13:00 horas

Modo telemático:

Todas las alegaciones deben acompañar:

  • Fotocopia del nombramiento de mesa
  • Fotocopia del DNI
  • Copia del documento que acredita la justificación para alegar (+ de 65 años de edad, situación de incapacidad-discapacidad, baja laboral, enfermedad, viajes programados, motivos laborales,etcétera…)

 

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